Tiempo de lectura: 4 minutos

 

Al consultar las operaciones de nuestra cuenta bancaria, podemos ver que existen dos datos de fecha para cada una de ellas: la fecha en la que se realiza cada operación y la fecha valor . Ambas fechas no siempre coinciden, siendo en ocasiones la fecha valor mayor ¿A qué se debe esto? ¿Qué diferencia hay entre estas dos fechas y qué significa cada una de ellas?

En esta entrada, vamos a explicar de manera sencilla, exponiendo algunos ejemplos prácticos, qué es la fecha valor y las consecuencias que su aplicación tiene para los clientes de las entidades bancarias.

¿Qué fechas intervienen en nuestras operaciones bancarias?

Principalmente, podemos encontrarnos dos fechas en nuestros movimientos y operaciones bancarias: la fecha valor y la fecha contable.

* La fecha valor: es la fecha a partir de la cual comienza a generar intereses de manera efectiva un abono en la cuenta o cuando deja de generarlos un adeudo. Por razones operativas, no siempre coincide con la fecha de valor con la del apunte contable. Los ingresos de dinero suelen tener una fecha valor posterior a las salidas y, más aún, si provienen de otra entidad o del extranjero, por lo que hay que tenerlo en cuenta a la hora de operar con nuestras cuentas. Por ejemplo, si ingresamos un talón en nuestra cuenta para atender varios pagos, podría producirse un descubierto teórico que generaría intereses a favor del banco.

* La fecha contable o de operación , es aquella en que se contabiliza la operación, bien por ser realizada de manera efectiva o por haber llegado la información de la misma a la entidad. Por ejemplo, la fecha de operación en una transferencia entre dos entidades, para el ordenante es el día que la envía, pero para el beneficiario es el día que la recibe. Normalmente, salvo que sea una transferencia electrónica de fondos con ordenadores conectados en línea, no coinciden la fecha valor y la fecha contable.

Como hemos visto en los ejemplos anteriores, la fecha valor tiene sentido porque existen unos límites operativos que impiden ejecutar determinadas operaciones en el mismo instante en el que el cliente las ordena. Esto es algo normal, que sucede igual que en otros sectores diferentes del bancario, pero dentro de unos límites.

Es decir, las entidades financieras no pueden imponer los plazos que ellas quieran, sino que el Banco de España es el que marca la pauta a seguir en el Anexo 4 de su Circular de Transparencia y Protección de la Clientela, 8/90 (PDF), fijando los días hábiles máximos que pueden transcurrir desde el lanzamiento de la operación por el cliente, hasta que ésta sea efectiva.

La fecha valor aplicable depende del tipo de operación que realicemos . La fecha valor no tiene por qué coincidir con la fecha contable, suele ser posterior para los abonos e inmediata (e incluso anterior) para los cargos. También pueden producirse retrasos en la tramitación de operaciones por errores (todas las empresas están expuestas a ellos), o por tratarse de casos particulares.

Por ejemplo, en determinados movimientos se tiene que la fecha valor es anterior a la contable. Todas las entidades financieras tienen la atribución para mejorar las condiciones marcadas por el banco de España, en favor de sus clientes, pero nunca pueden empeorarlas. Desde la entrada en vigor de la Ley de Servicios de Pago en el año 2009, tenemos que:

* La fecha valor del abono en cuenta ahora debe coincidir con la fecha en la que la entidad bancaria recibe los fondos del banco del ordenante.
* En transferencias desde diferentes entidades , la fecha de valor será un día hábil después de la fecha de la orden de pago del ordenante.
* Para transferencias entre cuentas de la misma entidad , la fecha valor será el mismo día en el que se lanzó la orden de pago.
* Antes de la aplicación de la Ley de Servicios de Pago, los ingresos en efectivo realizados antes de las 11:00 horas tenían como fecha de valor el mismo día de la operación y el día hábil siguiente si se realizaban después de esa hora. Actualmente, con la entrada en vigor de dicha ley, la fecha valor será la del día de la operación , con independencia de la hora en la que se realice el ingreso.

Cuando se habla de días hábiles, por norma general se consideran hábiles los días de la semana de lunes a viernes . En algunos tipos de operación en los que hay intercambio entre entidades u otros sistemas de liquidación, cada año se publican los días inhábiles de cada sistema (liquidación y compensación..) y los plazos de las operaciones se calculan teniendo en cuenta este calendario publicado.

A modo de cierre y conclusiones de esta entrada sobre la fecha valor, podemos resumir el texto recordando la importancia de tener en cuenta la fecha de las operaciones para cuadrar siempre nuestras cuentas . Como ya comentábamos en el ejemplo inicial, si ingresamos un cheque de otra entidad en nuestra cuenta para atender el pago de un recibo que tenemos domiciliado, debemos saber que pueden pasar hasta 2 días hasta que el dinero esté en nuestra cuenta de manera efectiva. Lo mismo con una transferencia y otros tipos de operaciones.

¿Necesitas ayuda? Blog En Naranja Oficinas y cajeros Preguntas Frecuentes Contáctanos Reclamación oficial Medidas Especiales Hipotecas: CBP RDL 6/2012 y CBP RDL 19/2022 Ciberseguridad Sobre ING Conócenos Hazte cliente Trabaja con nosotros Sala de prensa Accesibilidad Banca responsable Condiciones aplicadas Canal de denuncias Aplicaciones y redes sociales Síguenos en: Privacidad y cookies Info legal y anexos Mapa web Gobierno corporativo y política de remuneraciones