Promo traspaso Conservador Promo
Volver
¿Qué es el Impuesto de Actividades Económicas? Ya seas autónomo, asalariado, becario o incluso estés en situación de desempleo, todos los trabajadores deben pagar sus impuestos por la percepción de sus ingresos. Sin embargo, no todos ellos conocen qué tienen que abonar o a qué les da derecho haber cotizado a la Seguridad Social.
¿Qué impuestos paga un asalariado? Los asalariados son aquellos trabajadores que trabajan por cuenta ajena, es decir, para una empresa. En general, el empleado no se preocupa por los impuestos que paga ni por sus cotizaciones, pues es su propia compañía quien se lo detrae de su nómina y posteriormente lo abona a Hacienda o a la Seguridad Social.
IRPF: ¿lo paga el trabajador o la empresa? Los asalariados tienen que tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por los rendimientos del trabajo. La empresa aplica una retención en la nómina de cada trabajador de manera mensual, que dependerá de su sueldo y de sus circunstancias personales (y que normalmente se actualiza de manera anual a través del modelo 145 de la Agencia Tributaria).

Después, el contribuyente tendrá que regularizar su situación a través de la declaración de la renta como cualquier otro ciudadano. En este caso, lo normal es que el resultado esté bastante ajustado, y que no haya diferencias en cuanto a lo que hay que pagar o lo que Hacienda debe devolver.
Seguridad Social: ¿quién paga este impuesto del asalariado? Todos los trabajadores están obligados a cotizar a la Seguridad Social. En el caso de los asalariados, lo hacen al Régimen General. Su base de cotización dependerá de su salario bruto (tanto monetario como en especie). ¿Qué impuestos paga un autónomo? A diferencia de los asalariados, los autónomos deben abonar los impuestos a la Agencia Tributaria o las cotizaciones a la Seguridad Social presentando ellos mismos los modelos correspondientes. Además, existen algunas particularidades en comparación con los trabajadores por cuenta ajena. IRPF de los autónomos Todos los trabajadores autónomos deben tributar en el IRPF por sus rendimientos como cualquier otra persona física. La diferencia es que estos ingresos forman parte de los rendimientos por actividades económicas en lugar de rendimientos del trabajo.

En este sentido, los autónomos tienen dos modalidades para determinar tal rendimiento:
Por estimación directa, según el resultado de su actividad. Por estimación objetiva, también conocido como ‘módulos’, en la que se utilizan una serie de criterios objetivos para determinar ese rendimiento (número de metros cuadrados del local, si lo tuviera, número de empleados o potencia contratada, entre otros). A la hora de presentar la declaración de la renta, el trabajador por cuenta propia deberá completar los apartados correspondientes a los rendimientos de actividades económicas dependiendo de la modalidad elegida. Seguridad Social de un autónomo Los autónomos cotizan al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en lugar de al Régimen General. Pueden escoger libremente su base de cotización entre la mínima, que en 2019 es de 960,60 € al mes, y la máxima, de 4139,40 € mensuales.

Las coberturas obligatorias son contingencias comunes, contingencias profesionales, cese de actividad y formación profesional. Por todas ellas, se paga un tipo único del 30 % sobre la base de cotización. Es decir, la cuota mínima mensual es de 288,18 € al mes este año, aunque se puede acceder a bonificaciones en determinadas circunstancias, como la tarifa plana.
IVA Otra de las particularidades de los autónomos con respecto a los trabajadores por cuenta ajena es que tienen que abonar el IVA de sus facturas, aunque el impuesto se suele repercutir a su cliente.

Esta carga se liquida de manera trimestral. El resultado se calcula restando el IVA de las ventas del de las compras, siempre que los bienes adquiridos estén afectos a su actividad habitual.
¿Qué es el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)? El IAE somete a gravamen el desarrollo, en territorio español, de actividades económicas. Son actividades económicas aquellas que involucran la gestión, por cuenta propia, de medios de producción o recursos humanos con la finalidad de producir y distribuir bienes y servicios. ¿Para qué sirve el IAE? A través de este tributo, se gravan las actividades económicas. Este término engloba labores que pueden ser o empresariales, o profesionales o artísticas, que se ejercen en un local determinado o sin local. ¿Qué es el IAE (Impuesto de Actividades Económicas)? El IAE somete a gravamen el desarrollo, en territorio español, de actividades económicas. Son actividades económicas aquellas que involucran la gestión, por cuenta propia, de medios de producción o recursos humanos con la finalidad de producir y distribuir bienes y servicios. ¿Quién está obligado a pagar el IAE? El impuesto se define mejor por aquellas actividades que están exentas, antes que por las que están sometidas al gravamen.

La exención se aplica en los siguientes supuestos:
La venta de los bienes integrados en el activo fijo de tu empresa que hayan figurado debidamente inventariados como tal inmovilizado con más de dos años de antelación a la fecha de venderlos. La venta de bienes de tu patrimonio particular y privado siempre que los hubiese utilizado con más de dos años de antelación a la fecha de venderlos. La venta de productos que hayas recibido en pago de trabajos personales o servicios profesionales. La exposición de artículos con el fin exclusivo de decoración o adorno del establecimiento. La realización de una sola venta aislada al por menor. Las actividades agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y, las pesqueras no presentan declaración por el IAE. ¿Cómo se calcula el IAE? El IAE se estructura en unas tarifas que clasifican las actividades económicas.

Las tarifas se componen de divisiones, agrupaciones, grupos y epígrafes y se dividen en tres secciones. La Sección primera, clasifica las actividades empresariales; La Sección segunda, clasifica las actividades profesionales; Y la Sección tercera, clasifica las actividades artísticas.
¿Qué modelos tributarios afectan al IAE? Todos los sujetos gravables deben comunicar a Hacienda las altas, bajas y variaciones que se produzcan en el ejercicio de la actividad. Para ello, la Administración habilita dos modelos:

1.Modelo 840 de comunicación de alta variación o baja, que deben cumplimentar:
Los sujetos pasivos no exentos del IAE Las Uniones Temporales de Empresas (UTEs) no exentas del IAE Las Uniones Temporales de Empresa (UTE) o Agrupaciones de Interés Económico (AIE) clasificadas en el Grupo 508 de las Tarifas, aunque tributen por cuota cero. Los sujetos pasivos exentos cuando dejen de cumplir las condiciones para la aplicación de la exención. 2. Modelo 848 de comunicación del importe neto de la cifra de negocios. Deben cumplimentarlo Los sujetos pasivos obligados al pago del IAE por tratarse de personas jurídicas y demás entidades con un importe neto de la cifra de negocios de al menos un millón de euros. ¿Dónde se presenta el IAE? El modelo 840 se puede presentar, por vía impresa o telemática, en la sede de la Agencia Tributaria nacional o provincial en función del tipo de cuota; o, en caso de encontrarse en un municipio que tenga delegada la gestión del impuesto, en el lugar que se indique en la tabla municipal. La relación de sedes de entrega municipales puede consultarse aquí.

El modelo 848 se presenta en el plazo comprendido entre el día 1 de enero y el día 14 de febrero, ambos incluidos, del ejercicio fiscal correspondiente. El lugar de entrega es la Delegación o Administración Tributaria, o bien por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de Hacienda correspondiente al domicilio fiscal del contribuyente.
¿Los becarios pagan impuestos? Los becarios tienen una relación laboral especial con la empresa en la que desarrollan sus prácticas. Sin embargo, a efectos prácticos, cotizan de una manera similar al resto de trabajadores y tienen que pagar los mismos impuestos.

No obstante, hasta 2018, tan solo los estudiantes cuyas prácticas fuesen remuneradas eran dados de alta en la Seguridad Social. El resto de prácticas curriculares estaban bonificadas al 100 %, de modo que no había que cotizar por ellas.

Sin embargo, el Real Decreto-ley 28/2018 incluyó la obligación de dar de alta en la Seguridad Social a todos los becarios que realizan prácticas académicas, fuesen estas remuneradas o no.
¿Qué impuestos deben pagar los desempleados? Los desempleados son un caso especial en cuanto a su situación laboral. Pagan el IRPF como cualquier otro trabajador, pero únicamente aportan a la Seguridad Social si reciben una prestación contributiva, es decir: aquella que se da a los trabajadores que ya han cotizado un mínimo a lo largo de su vida laboral.

Eso sí, a ojos de Hacienda, el Servicio Público de Empleo Estatal, que es quien abona la prestación por desempleo, se considera un segundo pagador. Por eso, normalmente, la prestación por desempleo apenas incluye retención de IRPF y si lo hace suele ser del mínimo del 2 %.

Esto hace que, en numerosas ocasiones, la declaración les salga a pagar y, en algunos casos, incluso, una cantidad bastante abultada.
¿Qué impuestos paga un jubilado? Los trabajadores jubilados, en su condición de trabajadores pasivos, han dejado de cotizar a la Seguridad Social. Eso sí, la pensión pública deberá pagar IRPF como cualquier otro, y el pensionista deberá presentar su declaración de la renta.