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¿Cómo declarar las criptomonedas? Tutorial paso a paso
Siempre que metemos dinero en un negocio, hemos de ser conscientes de que el Fisco reclamará su parte, sí o sí. No obstante, las finanzas están experimentando todo un cambio de paradigma debido a la revolución tecnológica, cuya punta de lanza son las criptomonedas y los activos no fungibles. ¿Cómo declarar a hacienda el monedero virtual? Muy sencillo: como cualquier otra inversión, porque eso, y no dinero, es lo que es.
¿Cuál es el tratamiento fiscal de las criptomonedas? La norma que regula la tributación de las divisas digitales es la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, conocida comúnmente como Ley Antifraude. Esta regulación establece que los criptoactivos -o más bien las ganancias derivadas de ellos, como veremos a continuación- deben ser incluidos en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
¿Cómo tributan las criptomonedas en la renta? Lo primero que hay que saber es que el poseedor de criptodivisas no tributará por éstas en la renta, sino por las ganancias económicas que le reporten. El motivo es que su naturaleza es la de un producto de inversión.
Esto quiere decir que sólo pagaremos impuestos si realizamos una operación lucrativa con los activos, ya sea mediante la permuta, la compraventa o cualquier otra opción disponible (staking, farming, etc.). Por ejemplo, si un inversor que ha comprado 1.000 euros en bitcoins aprovecha un repunte en su valor y los vende por 2.500 euros, tributará por 1.500 euros, que es el beneficio que ha obtenido con la transmisión.
    ¿Qué parte de los beneficios de las criptomonedas se queda el fisco?
Las ganancias obtenidas por los negocios con criptodivisas son consideradas como rentas del ahorro. En los últimos ejercicios, Hacienda ha incluido al efecto una casilla específica en la plantilla de la declaración de la renta.
El gravamen fiscal de los beneficios está estructurado por tramos, que aumentan progresivamente según el rendimiento obtenido. El pasado ejercicio, el esquema era el siguiente: Entre 0 y 6.000 euros: se paga el 19% del beneficio obtenido. Entre 6.000,01 y 50.000 euros: se paga el 21%. Entre 50.000 euros y 200.000 euros: se paga el 23%. Más de 200.000 euros: se paga el 26%. Retomando el ejemplo anterior, al haber obtenido una ganancia de 1.500 euros se pagaría en impuestos el 19% de dicha cantidad, es decir, 285 euros que irían a parar al fisco.
Otros tributos que afectan a las criptomonedas Además del IRPF, hay otros dos impuestos que gravan los monederos virtuales: El primero es el Impuesto sobre el Patrimonio: la Agencia Tributaria deja muy claro que las criptodivisas no son, en modo alguno, dinero de curso legal, pero sí tienen contenido económico; por consiguiente, el sujeto pasivo debe declarar el saldo de cada moneda virtual diferente que posea. Finalmente, está el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que grava aquellos criptoactivos que se hayan recibido en herencia, legado o en régimen de donación.
¿Cómo vigila hacienda las criptomonedas? La Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, establece para los poseedores de monedas virtuales la obligación de informar sobre los saldos que mantienen, así como sobre las operaciones de compra, venta, permuta, cobros y pagos que realicen con ellas.
No obstante, esta norma aún no ha sido desarrollada reglamentariamente, por lo que tras la desaparición del modelo 720, del que hablaremos a continuación, la regulación sigue siendo bastante difusa.
¿Tengo que presentar el modelo 720 o 721 para informar de criptomonedas? El llamado 'modelo 720', diseñado para la vigilancia específica de los bienes e inversiones situados fuera de España, fue anulado hace un año por la Justicia europea. El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TJUE) 'tumbó' este mecanismo por considerar que las sanciones que establecía eran desproporcionadas (llegaban al 150% de los bienes poseídos).
Esta decisión supuso un vuelco en el mecanismo de control de las criptomonedas, ya que muchos españoles las tienen alojadas en exchanges ubicados fuera del territorio nacional.
El Gobierno planea imponer la obligación de declarar todas aquellas inversiones ‘cripto’ situadas en el extranjero, que deberán incorporarse en un nuevo modelo declarativo dispuesto al efecto, el modelo 721.
A fecha de redacción de este artículo, las informaciones más recientes apuntan a que esta medida ha sido retrasada hasta el 2024. Por consiguiente, se puede concluir que la obligación de declarar las divisas virtuales se reduce al apartado correspondiente en la declaración de la renta.
¿Qué puede pasar si no declaro las criptomonedas? La Ley antifraude califica como infracción muy grave presentar de forma incompleta, inexacta o con datos falsos las declaraciones informativas.
Las multas ascienden a 5.000 euros por cada dato o información omitidos y, en caso de declaraciones presentadas de forma incompleta o falseada, la sanción se dispara hasta los 10.000 euros.
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