Clasificar las rentas y ver las que debes declarar en este período, cuáles son de otros años y cuáles están exentas o no sujetas.Cuantificar las rentas y losgastos deducibles para obtenerlas.- Integrar las rentas en las
bases imponibles general y del ahorro. - Calcular el
mínimo personal y familiar. - Practicar las reducciones en las bases imponibles para calcular las bases liquidables.
- Pasar por las
escalas de gravamen tanto las bases liquidables como el mínimo personal y familiar para calcular las cuotas íntegras estatal y autonómica. - Practicar las
deducciones y bonificaciones en la cuota que correspondan para calcular lacuota líquida. - Después deberás realizar otros
ajustes y deducciones, entre los que destaca el descuento de los pagos que ya has realizado a cuenta del
impuesto:
retenciones, pagos fraccionados e ingresos a cuenta.
- Exenciones.
- No residir en España.
- Criterios legales que imputan la renta a otro ejercicio.
- Si la renta está gravada por otro impuesto español, lo habitual es que no se declare en el IRPF.
- Supuestos en los que la propia ley considera que no has obtenido una renta.
- En la
general , entran las rentas más habituales: el sueldo, los alquileres cobrados, los rendimientos de tu negocio o actividad como autónomo, etcétera. - En la
del ahorro , entran los intereses, dividendos, determinadas rentas procedentes de seguros y lo que ganas o pierdes al desprenderte de algún bien o derecho.
- Tienes que
pasar las bases liquidables general y del ahorro por las escalas estatales . Para ello, deberás ver en qué tramo estás. Por ejemplo, si tienes 25 000 euros de base imponible general, te sitúas en el tramo que va de 20 200 a 35 200. Si miras la escala, tienes una cuota de 2 112,75 por los primeros 20 200. Los otros 4 800 tributan al 15 %. Por tanto, por esos 4 800 tienes una cuota de 720. En total, suman 2 112,75 más 720, que son 2 832,75 euros. Ese mismo procedimiento deberás repetirlo cada vez que hayas de pasar una cantidad por una escala. - También debes
pasar el mínimo personal y familiar por la escala . Lo normal es que lo hagas en la general. Si tu mínimo personal y familiar es más elevado que la base general, lo que sobre se lo aplicas a la base del ahorro. - Resta a las cuotas estatales que te correspondan por la base imponible general y del ahorro las cantidades que correspondan al mínimo personal y familiar. A continuación, suma los resultados de ambas restas. El resultado será la
cuota íntegra estatal . - Después, tendrás que repetir los pasos 1 a 3 con las cuotas autonómicas para calcular la
cuota íntegra autonómica . Lo que difieren son las escalas que se aplican a la base liquidable general y a la parte que corresponda a esta del mínimo personal y familiar. En general, las escalas autonómicas son marcadas por leyes aprobadas por el parlamento o asamblea de tu comunidad.
- Las
retenciones son ingresadas en Hacienda por el pagador de la renta. Entre ellas, destacan las que te descuenta en tu nómina tu empleador. - Los
pagos fraccionados que hacen la mayoría de los autónomos. - Los
ingresos a cuenta , que funcionan de forma parecida a las retenciones, pero que se aplican en pagos en especie.