Todas las personas obligadas a presentar la declaración de la renta deben cumplimentar este modelo. Por norma general, son aquellos que obtienen rentas del trabajo superiores a los 22.000 € provenientes de un pagador o 12.000 € en el caso de que tenga dos o más pagadores, siempre que las cantidades percibidas del segundo y restantes por orden de cuantía superen la cantidad de 1.500 € anuales.
La presentación de este modelo es opcional, ya que lo único que cambia es la forma en la que se recibe la deducción: de forma anticipada mes a mes o de una sola vez en la declaración de la renta.
Al igual que el modelo 140, este modelo es opcional en todos los casos.
Las empresas con trabajadores en nómina o los profesionales que tengan facturas con retención al IRPF deben rellenar este modelo.
La diferencia entre ellos es quién está obligado a presentarlos. Así, los autónomos que tributen por el