Al llegar a la jubilación: entre los 65 y 67 años habitualmente. Es el caso más habitual y es para lo que está pensado el plan de pensiones.Por incapacidad laboral, enfermedad grave, o situación de gran dependencia: son casos excepcionales en los que no se puede trabajar y, por lo tanto, se facilita el acceso al dinero invertido en el plan de pensiones antes de llegar a la edad de jubilación.Por desempleo de larga duración: para aquellos que llevan tiempo en paro (o los autónomos que han cesado su actividad) y que están inscritos como demandantes de empleo, pero que ya han agotado las prestaciones por desempleo.Fallecimiento del partícipe: en este caso los herederos legales, o quienes hayan sido designados como beneficiarios, podrán rescatar el plan. Al hacerlo tendrán que tributar como si fuera el partícipe el que lo rescata (los planes de pensiones no tributan en el Impuesto de Sucesiones como el resto de la herencia).Transcurridos 10 años desde que se hicieron las aportaciones al plan: desde 2025, las aportaciones hechas en 2015 y años anteriores se pueden rescatarsin encontrarse en ninguno de los supuestos anteriores . Lo mismo pasará en 2026, con lo invertido en 2016 o antes, y así sucesivamente en el futuro.
Ten en cuenta que las cantidades que rescates del plan
| Base imponible general (tramos IRPF 2024) | Tipo Total | ||
|---|---|---|---|
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| 19 % | ||
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| 24 % | ||
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| 30 % | ||
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| 37 % | ||
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| 45 % | ||
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| 47 % |
Una vez solicitado el rescate del plan de pensiones, el partícipe recibirá el abono correspondiente en
Sin embargo, la Ley 35/2006 del IRPF establece que, si rescatamos el plan de pensiones en forma de capital, se puede aplicar una reducción fiscal del 40 % para las aportaciones que se han realizado antes de 2007. ¿Qué significa esto? Que solo se tributará por el 60 % del capital.
Por ejemplo, para el rescate de un plan de pensiones de 100.000 € con aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, si lo rescata en forma de capital, solo se tributará por el 60 %, es decir, 60.000 €.
De esta forma, por ejemplo, sería posible rescatar en forma de capital todo lo que corresponda a aportaciones que se hayan realizado hasta 2006 (para beneficiarnos de la reducción fiscal del 40 %) y el resto, recuperarlo en forma de renta.
El formulario del rescate de plan de pensiones , firmado por el partícipe, pidiendo el pago de la prestación. Hay que rellenar uno por cada plan que se quiera rescatar- Fotocopia del
DNI Modelo 145 de Comunicación de Datos al Pagador
Cuando llegue el momento de pedir el rescate de tu plan de pensiones, puedes descargarte aquí el formulario, o acercarte a una sucursal o llamar por teléfono para que te lo hagan llegar.
Una vez tengas el formulario relleno, puedes mandar la documentación a la dirección:
Evalúa tus necesidades financieras: antes de decidir cómo rescatar tu plan de pensiones, es importante que evalúes tus necesidades financieras a corto y largo plazo. Considera tus gastos mensuales, deudas pendientes y cualquier otro compromiso financiero que puedas tener. E incluye también otros ingresos que vayas a obtener, como dividendos de otras inversiones.Infórmate sobre las comisiones: algunos planes de pensiones pueden tener comisiones asociadas al rescate. Asegúrate de conocer todas las comisiones y gastos antes de tomar una decisión.Revisa tu plan regularmente: las circunstancias personales y económicas pueden cambiar con el tiempo, por eso es buenorevisar tu plan de pensiones con cierta regularidad y ajustar la estrategia de rescate si es necesario.