Al llegar a la jubilación: entre los 65 y 67 años habitualmente. Es el caso más habitual y es para lo que está pensado el plan de pensiones.Por incapacidad laboral, enfermedad grave, o situación de gran dependencia: son casos excepcionales en los que no se puede trabajar y, por lo tanto, se facilita el acceso al dinero invertido en el plan de pensiones antes de llegar a la edad de jubilación.Por desempleo de larga duración: para aquellos que llevan tiempo en paro (o los autónomos que han cesado su actividad) y que están inscritos como demandantes de empleo, pero que ya han agotado las prestaciones por desempleo.Fallecimiento del partícipe: en este caso los herederos legales, o quienes hayan sido designados como beneficiarios, podrán rescatar el plan. Al hacerlo tendrán que tributar como si fuera el partícipe el que lo rescata (los planes de pensiones no tributan en el Impuesto de Sucesiones como el resto de la herencia).Transcurridos 10 años desde que se hicieron las aportaciones al plan: desde 2025, las aportaciones hechas en 2015 y años anteriores se pueden rescatarsin encontrarse en ninguno de los supuestos anteriores . Lo mismo ha pasado en 2026, con lo invertido en 2016 o antes, y así sucesivamente en el futuro.
Ten en cuenta que las cantidades que rescates del plan
| Base imponible general (tramos IRPF 2026) | Tipo Total | ||
|---|---|---|---|
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| 19 % | ||
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| 24 % | ||
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| 30 % | ||
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| 37 % | ||
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| 45 % | ||
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| 47 % |
Sin embargo, la Ley 35/2006 del IRPF establece que, si rescatamos el plan de pensiones en forma de capital, se puede aplicar una reducción fiscal del 40 % para las aportaciones que se han realizado antes de 2007. ¿Qué significa esto? Que solo se tributará por el 60 % del capital.
Por ejemplo, para el rescate de un plan de pensiones de 100.000 € con aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006, si lo rescata en forma de capital, solo se tributará por el 60 %, es decir, 60.000 €.
De esta forma, por ejemplo, sería posible rescatar en forma de capital todo lo que corresponda a aportaciones que se hayan realizado hasta 2006 (para beneficiarnos de la reducción fiscal del 40 %) y el resto, recuperarlo en forma de renta.
Entra en tu plan y pulsa «Rescatar» . Después, selecciona «Solicitar rescate» para iniciar el proceso y llegarás a la página de comienzo del proceso.Prepara el formulario de rescate. En la parte baja de la página, pincha en “Descargar formulario método de rescate” para descargar el documento. Después debes rellenarlo, indicando cómo quieres recibir el dinero (en función del tipo de rescate) y la cuenta donde quieres que se te ingrese. También puedes descargar y rellenar elModelo 145 si quieres comunicar tu situación personal para el cálculo de la retención fiscal. Este último documento es opcional.Indica si vas a aportar el Modelo 145. El proceso te pedirá adjuntarlo más adelante si eliges «Sí». Ten en cuenta que el importe que recibas tendrá descontada la retención fiscal correspondiente.Selecciona el motivo del rescate. Elige la opción que corresponda a tu situación y responde a las preguntas que aparezcan. Cada motivo tiene unos requisitos legales específicos que puedes consultar en «Más información».Adjunta la documentación necesaria. Sube el formulario de rescate, el Modelo 145, si has elegido aportarlo, y los justificantes que correspondan a tu motivo de rescate. Comprueba que los documentos se vean completos y nítidos y que cada archivo no supere los10 MB. Asegúrate de la confirmación de la solicitud. Al terminar el proceso, verás el mensaje «¡Rescate solicitado!». Revisaremos la documentación y recibirás un correo con la resolución en un plazo máximo de7 días hábiles. Este plazo corresponde a la resolución, no al ingreso del dinero.
- • En el
País Vasco el propio formulario incluye un apartado específico con la información fiscal, así que no es necesario rellenar el Modelo 145. - • En caso de
rescate por antigüedad de 10 años, aparecerá información adicional sobre las consecuencias fiscales y el impacto de rescatar antes de la jubilación, junto con un simulador orientativo.
Evalúa tus necesidades financieras: antes de decidir cómo rescatar tu plan de pensiones, es importante que evalúes tus necesidades financieras a corto y largo plazo. Considera tus gastos mensuales, deudas pendientes y cualquier otro compromiso financiero que puedas tener. E incluye también otros ingresos que vayas a obtener, como dividendos de otras inversiones.Infórmate sobre las comisiones: algunos planes de pensiones pueden tener comisiones asociadas al rescate. Asegúrate de conocer todas las comisiones y gastos antes de tomar una decisión.Revisa tu plan regularmente: las circunstancias personales y económicas pueden cambiar con el tiempo, por eso es buenorevisar tu plan de pensiones con cierta regularidad y ajustar la estrategia de rescate si es necesario.