Hasta el 100 % de financiación Residentes en el País Vasco
Hasta el 100 % de financiación Residentes en el País Vasco
- Tener entre 18 y 39 años en el momento de la solicitud.
- Estar empadronado en el País Vasco 2 años de los últimos 5 (en caso de dos titulares, al menos uno de ellos).
- No tener otra vivienda en propiedad.
- Que el precio de la vivienda sea igual o inferior a 340.000 € (sin gastos e impuestos de adquisición).
- Ser tu vivienda habitual y permanente durante la vigencia del aval y que esté situada en el País Vasco.
- Tener unos ingresos anuales de 52.012,80 € como máximo para un solo titular y 89.164,80 € para 2 titulares.
Documento nacional de identidad o tarjeta equivalente para extranjeros residentes en territorio español. Certificado de empadronamiento que demuestre la residencia registrada con un mínimo de 2 años de los último 5 en País Vasco. -
Certificado negativo catastral que incluya los derecho no vigentes.Nota simple del servicio de índices del Registro de Propiedad Modelo de solicitud y declaración responsable del uso de la vivienda como habitual y permanente. Declaración del IRPF del último ejercicio, o el certificado negativo de la Hacienda Foral o de la Agencia Tributaria que corresponda. Nota simple de la vivienda a adquirir.
Documento nacional de identidad o tarjeta equivalente para extranjeros residentes en territorio español. Certificado de empadronamiento que demuestre la residencia registrada con un mínimo de 2 años de los último 5 en País Vasco. -
Certificado negativo catastral que incluya los derecho no vigentes.Nota simple del servicio de índices del Registro de Propiedad Modelo de solicitud y declaración responsable del uso de la vivienda como habitual y permanente. Declaración del IRPF del último ejercicio, o el certificado negativo de la Hacienda Foral o de la Agencia Tributaria que corresponda. Nota simple de la vivienda a adquirir.
Si quieres conocer al detalle los
Si quieres conocer al detalle los
- Tener 39 años o menos en el momento de solicitarla.
- Haber estado empadronado en el País Vasco al menos 2 de los últimos 5 años.
- No disponer de otra vivienda en propiedad.
- Que el precio del inmueble no supere los 340.000 € (sin gastos e impuestos de adquisición) y esté ubicado en el País Vasco.
- Que la vivienda vaya a convertirse en tu residencia habitual y permanente durante la vigencia del aval.
- Ingresos máximos de 52.012,80 € netos anuales (un titular) o 89.164,80 € brutos (dos titulares).
- Tener 39 años o menos en el momento de solicitarla.
- Haber estado empadronado en el País Vasco al menos 2 de los últimos 5 años.
- No disponer de otra vivienda en propiedad.
- Que el precio del inmueble no supere los 340.000 € (sin gastos e impuestos de adquisición) y esté ubicado en el País Vasco.
- Que la vivienda vaya a convertirse en tu residencia habitual y permanente durante la vigencia del aval.
- Ingresos máximos de 52.012,80 € netos anuales (un titular) o 89.164,80 € brutos (dos titulares).
Esto convierte a la Hipoteca Joven del País Vasco en una alternativa ideal para quienes no disponen del ahorro inicial para la entrada y quieren acceder a su primera casa en el País Vasco.
Esto convierte a la Hipoteca Joven del País Vasco en una alternativa ideal para quienes no disponen del ahorro inicial para la entrada y quieren acceder a su primera casa en el País Vasco.
Si quieres hacer una amortización anticipada de tu Hipoteca NARANJA y ésta supone una pérdida financiera para ING, tendrías que pagar una comisión por reembolso anticipado, según te indicamos a continuación:
El importe de la comisión por reembolso anticipado total en ningún caso excederá del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir ING. ¿Y si no supone una pérdida para ING? En ese caso, no pagarás nada
Si quieres hacer una amortización anticipada de tu Hipoteca NARANJA y ésta supone una pérdida financiera para ING, tendrías que pagar una comisión por reembolso anticipado, según te indicamos a continuación:
El importe de la comisión por reembolso anticipado total en ningún caso excederá del importe de la pérdida financiera que pudiera sufrir ING. ¿Y si no supone una pérdida para ING? En ese caso, no pagarás nada
En los siguientes casos donde el inmueble no está disponible por motivos ajenos a ti:
- Separación o divorcio
- Cualquier circunstancia que te impida utilizarla.
- Que no sea accesible por motivos de discapacidad tuyos o de alguien con quien convives.
Si heredaste una parte y no puedes disponer de ella.
Cuando tienes la propiedad solo de una parte de la vivienda por herencia o por una transmisión mortis causa sin testamento, se entiende que no la has elegido tú ni puedes usarla libremente. -
Si tienes una vivienda… pero no puedes usarla.
En los siguientes casos donde el inmueble no está disponible por motivos ajenos a ti:- Separación o divorcio
- Cualquier circunstancia que te impida utilizarla.
- Que no sea accesible por motivos de discapacidad tuyos o de alguien con quien convives.
Si la vivienda se considera una infravivienda.
Si el inmueble no cumple los requisitos mínimos de habitabilidad recogidos en el Decreto 80/2022 de Euskadi, tampoco cuenta como una vivienda a efectos del programa.
En los siguientes casos donde el inmueble no está disponible por motivos ajenos a ti:
- Separación o divorcio
- Cualquier circunstancia que te impida utilizarla.
- Que no sea accesible por motivos de discapacidad tuyos o de alguien con quien convives.
Si heredaste una parte y no puedes disponer de ella.
Cuando tienes la propiedad solo de una parte de la vivienda por herencia o por una transmisión mortis causa sin testamento, se entiende que no la has elegido tú ni puedes usarla libremente. -
Si tienes una vivienda… pero no puedes usarla.
En los siguientes casos donde el inmueble no está disponible por motivos ajenos a ti:- Separación o divorcio
- Cualquier circunstancia que te impida utilizarla.
- Que no sea accesible por motivos de discapacidad tuyos o de alguien con quien convives.
Si la vivienda se considera una infravivienda.
Si el inmueble no cumple los requisitos mínimos de habitabilidad recogidos en el Decreto 80/2022 de Euskadi, tampoco cuenta como una vivienda a efectos del programa.