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5 % del importe traspasado* EPSVs NARANJA Una nueva forma de ahorrar muy tuya, muy nuestra Para clientes del País Vasco Menos comisiones, más dinero para ti Encuentra tu EPSV Traer mi EPSV
Nos gusta darte lo que necesitas, por eso ahora tienes las EPSVs NARANJA (integrada en R4 EPSV), con las que puedes ahorrar para tu futuro como a ti te gusta. Para disfrutar de sus ventajas simplemente debes tener tu residencia fiscal en el País Vasco. Menos comisionesAsí podrás ahorrar más para tu futuro. Ahorra en tu declaraciónPuedes ahorrar hasta 1400 € aportando el máximo de 5000 € al año1. Más flexibilidadSin importe mínimo, aporta cuando y como quieras.
Elige la EPSV NARANJA que mejor se ajuste a ti, es muy fácil EPSV NARANJA Conservadora Ideal para proteger tu inversión cuando te quedan pocos años para jubilarte. Composición 100 % Renta Fija Menos comisiones Y un ahorro de hasta 17.415,74€.2. Rentabilidad {{epsv-naranja-conservadora.rentabilities.profitability-accumulated|NaN}} Acumulada 20243 Trae tu EPSV Contratar Más información EPSV NARANJA Moderada Busca el equilibrio entre rentabilidad y riesgo. Composición 62 % Renta Fija 38 % Renta Variable Menos comisiones Y un ahorro de hasta 6.970,93€.2. Rentabilidad {{epsv-naranja-moderada.rentabilities.profitability-accumulated|NaN}} Acumulada 20243 Trae tu EPSV Contratar Más información EPSV NARANJA Decidida Aprovecha su potencial de rentabilidad si aún te queda tiempo para jubilarte. Composición 8 % Renta Fija 92 % Renta Variable Menos comisiones Y un ahorro de hasta 5.814,30€.2. Rentabilidad {{epsv-naranja-decidida.rentabilities.profitability-accumulated|NaN}} Acumulada 20243 Trae tu EPSV Contratar Más información
Con las EPSVs NARANJA puedes ahorrar para tu jubilación y disfrutar de más ventajas: Menos comisiones, más ahorro para ti Tener menos comisiones supone un gran ahorro a largo plazo y sobre todo más dinero para tu jubilación, porque cuanto menos pagues, más tienes para tu futuro.
Mayor ahorro cuando hagas la declaración Las EPSVs tienen ventajas fiscales de las que te puedes beneficiar en tu declaración de la renta. Por ejemplo, puedes ahorrar hasta 1400 € aportando 5000 € al año1. Tú eliges lo que aportas Más flexibilidad: puedes aportar poco a poco sin importe mínimo y hacer aportaciones periódicas automáticas. Y si un mes no te viene bien aportar, no te preocupes, no tienes que hacerlo. Si quieres, en 10 años lo rescatas Ya no tienes que esperar a jubilarte para disfrutar de tu dinero, ¡Podrás rescatar en solo 10 años el total acumulado en tu EPSV!4
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Preguntas frecuentes Las Entidades de Previsión Social Voluntaria ayudan a crear un sistema de ahorro privado que complemente la pensión pública cuando llegue el momento de la jubilación. Los Planes de previsión social (PPS) que integran las EPSV son productos de ahorro e inversión a largo plazo que tienen como objetivo permitirte ahorrar de forma cómoda, de modo que el día de tu jubilación puedas contar con un dinero adicional para completar tu pensión y vivir cómodamente. Además, hoy en día este producto cuenta con una importante ventaja fiscal, ya que el dinero que aportas a tu plan estará exento de tributar en tu Declaración de la Renta de ese año, reduciendo la base imponible. Es un producto exclusivo para los residentes fiscales en el País Vasco. Es decir, solo lo pueden contratar o pueden incrementar posición a través de aportaciones, aquellos clientes que tengan su residencia legal/fiscal en el País Vasco. Es estrictamente necesario que el cliente tenga la residencia legal informada y que sea del País Vasco para poder contratar o aportar a una EPSV. En caso de que no se cumplan ambos requisitos no se le permitirá contratar el producto. En el supuesto en el que se deje de tener residencia fiscal en el País Vasco no se podrá seguir haciendo aportaciones al producto hasta que no se vuelva a tener la residencia fiscal vasca. Este tipo de productos cuenta con dos límites anuales: el límite financiero y el fiscal. Y en función de cada uno de los límites se establece la cantidad que puedes aportar por año: Límite Financiero Anual EPSV: no hay límite financiero, es decir, se puede invertir la cantidad que se quiera. Límite Fiscal Anual EPSV: el límite son 5.000 € anuales por persona, es decir, como máximo te podrás deducir 5.000 €/año. Además, para poder hacer aportaciones a favor del cónyuge, tanto el aportante como el aportado deben tener ambos residencia fiscal en el País Vasco. Si alguno de los dos no tiene residencia fiscal en dicha Comunidad Autónoma no se podrá realizar la aportación. El máximo anual deducible de este tipo de aportación es de 2.400 €. Aunque las EPSV están pensadas para el momento de la jubilación, podrás recuperar las aportaciones y los derechos consolidados pasados 10 años desde la fecha de la primera aportación. Además del caso anterior, podrás rescatar tu EPSV si se produce cualquiera de estas circunstancias: jubilación o situación asimilable, incapacidad, dependencia severa o gran dependencia, desempleo de larga duración, enfermedad grave y fallecimiento del socio. En este último caso serán los beneficiarios los que podrán rescatar el producto. Desde el mismo momento en el que te jubiles podrás elegir sin ningún límite de tiempo cuándo y cómo percibir tus ahorros: en forma de capital (un único cobro), en forma de renta (cobros periódicos) o mediante una combinación de ambas opciones. La cantidad que percibas tributará como rendimiento del trabajo en tu Declaración de la Renta. Si rescatas en forma de capital podrás disfrutar de la exención de tributación del 40 % en todo el saldo acumulado en la EPSV. Esta exención se aplicará sobre un máximo de 300.000 €/año y el exceso sobre el citado importe se integrará al 100 % de tributación. Además, aunque ya te hayas jubilado, podrás seguir aportando a tu EPSV y beneficiarte de sus ventajas fiscales, siempre y cuando no hayas comenzado a cobrar la prestación. Si hubieras comenzado a cobrarla, solo podrás destinar las nuevas aportaciones a contingencias de fallecimiento o dependencia. Si eres residente en el País Vasco y tienes un plan de pensiones y una EPSV, como máximo te puedes deducir 5.000 €/año. Ahora bien, teniendo en cuenta que no puedes aportar 5.000 € a un plan de pensiones, podrías aportar 2.000 € a un plan (límite financiero) y 3.000 € a una EPSV, llegando de esta forma al máximo deducible anualmente. Sin embargo, hay que recordar que la EPSV no tiene límite financiero, es decir, que puedes aportar la cantidad que consideres, pero siempre teniendo presente que solo te puedes deducir 5.000 € anuales en la suma de EPSV y planes de pensiones.
* Promoción exclusiva para el titular de la comunicación. Te ingresamos en tu cuenta con la misma titularidad que la EPSV, o en su defecto en otra en la que compartas titularidad, el 5% del importe traspasado a una EPSV NARANJA desde una EPSV comercializada por otra entidad. Promoción válida para traspasos ordenados desde el 17/06/2024 hasta el 31/07/2024 inclusive. No hay abono máximo por cliente, y tiene una permanencia de cinco años a contar desde la fecha de abono de la bonificación. La bonificación en cuenta se hará durante las primeras semanas de septiembre de 2024, siempre que, a dicha fecha, no haya disminuido el número de participaciones incrementadas durante la vigencia de la promoción. Se podrán realizar traspasos internos entre EPSV NARANJA durante la vigencia de la permanencia. En caso de realizarse durante el periodo de permanencia un traspaso externo hacia otra entidad, se procederá a la retirada total de la bonificación. Esta promoción está sujeta a la retención fiscal vigente. Para los traspasos hacia una de las EPSV NARANJA, aunque el abono del 5% de bonificación, se hará en su totalidad durante las dos primeras semanas de septiembre de 2024, de acuerdo con la Orden 29 de abril de 2009, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, hay que especificar la tasa anual equivalente (TAE) relativa a un periodo de 5 años. La TAE es de 1%. TAE calculada de conformidad con los previsto en el apartado a) del artículo 26.1 de la Orden anteriormente mencionada, por la que se desarrollan determinados preceptos del Decreto 92/2007, de 29 de mayo, por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las EPSV. 1 Para calcular esta cantidad hemos supuesto que una persona con residencia fiscal en el País Vasco aporta un máximo anual de 5000 € a su EPSV y que tiene un salario bruto anual de 30.000 €. El ahorro fiscal depende de las características personales. 2 Para el cálculo hemos tenido en cuenta un periodo de aportación de 30 años, del importe máximo legal de 5.000€ anuales y la rentabilidad media de cada una de las EPSV desde el inicio de su comercialización. Las comisiones que se han utilizado son de 0.85% para la EPSV Conservadora, 1.30% para la EPSV Moderada y 1.35% para la EPSV Decidida, y la comisión máxima legal permitida del 1,60 %. El ahorro en comisiones final podrá variar en función del plan contratado y de su evolución. Hay que tener en cuenta que rentabilidades pasadas no garantizan rentabilidades futuras. 3 Rentabilidad acumulada del año en curso a fecha {{legal-date.current-date|NaN}}. 4 Según términos y condiciones de la normativa en vigor. EPSV NARANJA Conservadora, Moderada, Decidida PPSI. Planes de Previsión Social Individual integrados en Renta 4 Previsión Individual EPSV; Promotor: Renta 4 Banco; Gestión de Inversiones: Renta 4 Gestora SGIIC; Comercializador: ING BANK NV Sucursal en España.
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