Y es que cuando la renta sale a pagar, puedes decidir abonar el importe por completo en el momento de presentarla, pedir un aplazamiento o fraccionar el pago.
Si nos hemos acogido al fraccionamiento del pago en dos plazos, el calendario es el siguiente:
- Si domiciliaste el pago del impuesto, el
primer plazo se te habrá cobrado el día30 de junio . - De no domiciliar el pago, habrás tenido que realizarlo en el momento de la presentación de la declaración.
- Cuando eliges el pago fraccionado previsto en la normativa del IRPF y domicilias el pago, se efectúa el
6 de noviembre . - De no domiciliarlo, ese mismo 6 de noviembre es la fecha tope para realizar el pago.