Prestaciones contributivas de la Seguridad Social ligadas a las cotizaciones, como laspensiones de jubilación, viudedad eincapacidad permanente; o las prestaciones por incapacidad temporal, desempleo, cese de actividad de los autónomos, así como las que se conceden por ciertos permisos, como los de nacimiento, adopción, acogimiento, guarda con fines de adopción, riesgo durante el embarazo o lactancia materna.- Prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, que permiten acceder a una protección por invalidez o jubilación. Se destinan a quienes, sin cumplir los requisitos para obtener una prestación contributiva, están en una situación de necesidad que la ley reconoce como protegible.
- El pasado mes de enero entró en vigor la Ley del Ingreso Mínimo Vital , que incluye ayudas a la infancia, como un nuevo complemento por hijo a cargo. La normativa sube el umbral de renta garantizada y de patrimonio establecido para cada tipología de hogar, por lo que se beneficiarán no solo familias sin ingresos, sino también con rentas bajas.
- Por otro lado, las prestaciones que con el nombre de
rentas mínimas de inserción u otros semejantes ofrecen las comunidades autónomas se dirigen a cubrir las necesidades básicas de personas en riesgo de pobreza o exclusión social.
Ayudas al alquiler para hogares con rentas bajas o vulnerabilidad sobrevenida.- Hasta el 60 % del importe del alquiler para inmuebles ubicados en
municipios de menos de 10 000 habitantes. - Hasta 50 000 euros a personas que ofrezcan
viviendas asequibles a personas mayores o con necesidades especiales.
- Beneficios fiscales, como deducciones de hasta 1200 euros (o 2400, si es familia numerosa de categoría especial).
- Descuentos en precios en la tarifa eléctrica, transportes, museos, auditorios, teatros, etcétera.
- Requisitos menos exigentes (especialmente los relacionados con la renta) para acceder, por ejemplo, a becas o prestaciones por hijo a cargo.