Si no nos hemos beneficiado de deducciones fiscales o bonificaciones a las que teníamos derecho, evidentemente nos encontramos ante lo segundo. En este caso, la Ley General Tributaria pone a nuestra disposición la posibilidad de presentar una
Mediante este trámite, podremos computar cualquier gasto de más o beneficio no disfrutado que se nos haya olvidado incluir en el documento original:
Eso sí,
Una vez dentro, solo hay que cambiar la información contenida en las casillas que contengan la información relativa a las deducciones, bonificaciones, ingresos o gastos erróneamente computados.
Naturalmente, esta es la opción más deseable por su comodidad e inmediatez; pero la Administración aún te permite
- Si la equivocación provocó que el usuario pagará de más, los intereses se computan desde el día el día del ingreso hasta el día en que se ordene el reembolso.
- Si a resultas del error el contribuyente recibió una devolución inferior a la correcta, solo se generarán intereses si transcurren seis meses desde la presentación de la rectificación sin que la Administración realice el reembolso.