IVA: se aplica un tipo del 21% sobre el precio del vehículo, incluyendo todos los extras y gastos necesarios para su puesta a disposición del cliente en el concesionario (transporte, etc.).Impuesto de matriculación: por el hecho de la primera matriculación de un vehículo, se aplica uno de los cuatro tipos previstos en función de su capacidad contaminante, sobre el precio de mercado del vehículo. Pueden aplicarse exenciones parciales por cumplir algunos requisitos especiales (vehículo con titular de familia numerosa, minusválidos, vehículos profesionales, autocaravanas, entre otras):
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Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: conocido comúnmente por su anterior denominación, impuesto de circulación , se paga anualmente y la primera vez que ha de abonarse, como máximo, en el momento previo a la matriculación del vehículo. Se trata de un impuesto cuyo valor se fija anualmente en la Ley Presupuestos Generales del Estado y que se recauda vía el ayuntamiento en el que esté dado de alta el vehículo, organismo con atribuciones para modificar la tasa al alza (hasta un tope máximo).
Impuesto de Transmisiones: si la compra se realiza entre particulares, estará exenta del pago de IVA, pero la operación quedará gravada por el Impuesto de Transmisiones Patrmoniales Onerosas. El importe a pagar depende de la CCAA en la que tengamos fijada nuestra residencia ( se aplica la legislación de la CCAA de quien recibe el derecho de usar el coche ) y de nuestro perfil como comprador, dado que pueden existir exenciones (por Familia Numerosa, entre otras). Así, el ITP puede rondar el 4-8%, dependiendo del territorio.IVA: Si el coche se compra a una empresa, se aplicará el 21% correspondiente al tipo general.Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica: queda obligado al pago de este impuesto el propietario del vehículo a 1 de enero del ejercicio en curso, lo que en la práctica significa que el ayuntamiento se lo reclamará cuando se inicie el período recaudatorio, haya vendido o no el vehículo. Así, si se vende el coche en febrero, la administración local se lo reclamará al vendedor del vehículo (normalmente en abril), independientemente de lo acordado en la operación de compraventa.
Con el IVA o el ITP, poco se puede hacer, salvo negociar lo mejor posible el precio para recibir un menor impacto fiscal por la compra. En el impuesto de matriculación, también hay poco margen, dado que para un único vehículo el mínimo ahorro por la tase no compensa la molestia de la búsqueda y pago en un ayuntamiento en el que el importe sea más bajo que la media.