El cobro de la prestación o el ejercicio del derecho de rescate solo es posible en caso de acaecimiento de alguna de las contingencias o supuestos excepcionales de liquidez regulados en la normativa de planes y fondos de pensiones.
El valor de los derechos de movilización, de las prestaciones y de los supuestos excepcionales de liquidez dependen del valor de mercado de los activos del fondo de pensiones y puede provocar pérdidas relevantes.
Indicador de riesgo correspondiente a
- En caso de jubilación, incapacidad permanente para ejercer la profesión habitual o incapacidad absoluta para realizar cualquier tipo de trabajo, gran invalidez y dependencia severa o gran dependencia, el beneficiario serás tú.
- En caso de fallecimiento, los beneficiarios serán aquellas personas que hayas designado en el momento de la contratación. Si decidieras no designar a nadie, los beneficiarios serán tu cónyuge, tus hijos, ascendientes o herederos.
- En caso de jubilación, incapacidad permanente para ejercer la profesión habitual o incapacidad absoluta para realizar cualquier tipo de trabajo, gran invalidez y dependencia severa o gran dependencia, el beneficiario serás tú.
- En caso de fallecimiento, los beneficiarios serán aquellas personas que hayas designado en el momento de la contratación. Si decidieras no designar a nadie, los beneficiarios serán tu cónyuge, tus hijos, ascendientes o herederos.